El aprovechamiento especial que tiene lugar por la entrada de vehículos a través de las aceras y la reserva de vía pública para aparcamientos exclusivos.
Personas físicas: pueden elegir entre presentación telemática o presencial:
Personas jurídicas: tendrán que presentar los documentos ÚNICAMENTE de manera telemática:
Negativo
Para realizar el pago Autoliquidación-Tasa de la Entrada de Vehículos y Reserva de Vado Uso Privativo accede a:
Siga los siguientes pasos:
En virtud de lo establecido en la Ordenanza Fiscal Reguladora por la Entrada y Salida de Vehículos, es sujeto pasivo obligado al pago de la tasa la persona propietaria del inmueble donde se encuentre el garaje, tomando como referencia el sujeto que figure en el padrón de Impuesto de Bienes Inmuebles.
Podrán solicitar la presente autorización las personas propietarias, arrendatarias o cualquier otra persona poseedora legítima del inmueble. En el caso de inmuebles sujetos a régimen de propiedad horizontal, serán las comunidades de propietarios o agrupaciones de estas y en las concesiones municipales, las partes concesionarias.
En el caso de que una actividad tenga más de un acceso al inmueble se requerirán tantas placas de señalización como accesos se tengan, tributando por cada uno de ellos, en virtud de lo establecido en la ordenanza fiscal.
Se deberá disponer de los instrumentos de intervención adecuados que acrediten el cumplimiento de la normativa vigente y habiliten el uso de garaje.
UNA VEZ AUTORIZADA la placa de vado, deberá retirar y abonar el correspondiente importe de la placa identificativa de vado (10,52€) en las Oficinas de Información y Atención Ciudadana de este Ayuntamiento, previa cita.