Se consideran obras sujetas a declaración responsable las reguladas en el artículo 233 del Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo.
Con carácter general y de forma no exhaustiva, estarán sujetas a declaración responsable las siguientes obras:
Personas físicas: pueden elegir entre presentación telemática o presencial:
Personas jurídicas: tendrán que presentar los documentos ÚNICAMENTE de manera telemática:
Para realizar el pago ICIO accede a:
Siga los siguientes pasos:
Para realizar el pago TASA por Licencia Urbanística accede a: