Espere, por favor...
Espere, por favor...
Seleccionar idioma
Sede Electrónica AJUNTAMENT DE CATARROJA
Sede Electrónica
AJUNTAMENT DE CATARROJA

Escolarización sobrevenida fuera del plazo ordinario

Escudo de AJUNTAMENT DE CATARROJA
Sede Electrónica > Escolarización sobrevenida fuera del plazo ordinario

Escolarización sobrevenida fuera del plazo ordinario

A partir del día 19/01/2026

Solicitud de plaza escolar por traslado de domicilio a Catarroja de la familia del/ de la alumno/a.

FORMAS DE PRESENTACIÓN

Personas físicas: pueden elegir entre presentación telemática o presencial:

  • Telemáticamente
    • Pulsando el botón “Nueva instancia” situado al final de esta página, para iniciar el trámite.
  • Presencial
    • En el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Catarroja, situado en la OIAC (Camino Real, 22)      
      Horario: puede consultar el horario de OIAC aquí y se atenderá con CITA PREVIA
    • En los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

DOCUMENTACIÓN

  • Pasaporte/NIE/DNI del progenitor solicitante.
  • Pasaporte/NIE/DNI de menor o menores/ Libro de Familia/ Certificado de nacimiento del menor o menores.
  • En caso de que uno de los dos progenitores no convivan en el mismo domicilio se necesita autorización de éste para la escolarización:
    • En los casos de separación, divorcio u otras situaciones en las que ambos progenitores/tutores no convivan en el mismo domicilio, se acreditará mediante la correspondiente sentencia, convenio regulador o pronunciamiento judicial debidamente acreditado.
    • En el caso de personas de nacionalidad extranjera, se deberá aportar documento de autorización legal del progenitor que no convive con el/la menor para la residencia de este/a en España.  No es válida la autorización para viajar fuera del país.  Debe ser un documento que autorice la residencia del menor en España.
  • Si proviene del sistema educativo español: Baja del centro o certificado que acredite el último centro educativo y curso en el que estaba escolarizado.
  • No proviene del sistema educativo español: Se escolarizará según el curso que le corresponda por el año de nacimiento. El centro podrá realizar una prueba de nivel previa, si es procedente.

Requisitos

  • Certificado de empadronamiento de la unidad familiar. Se comprobara por parte de la Oficina de Atención Ciudadana.

Observaciones

  • Este trámite es un paso previo a la matriculación, la cual se hará directamente en el centro, una vez se haya comprobado la documentación presentada al servicio de Educación.
  • NO se asignará plaza si no aporta la documentación solicitada.
  • Todos los documentos a presentar tienen que estar en vigor.
  • En caso de documentación oficial extranjera, debe estar traducida al español.
  • El Ayuntamiento podrá realizar las comprobaciones oportunas respecto a los datos aportados en cuanto a la identidad, el domicilio y/o la representación legal.
  • En la solicitud se podrá incluir la preferencia de centros del/de la solicitante. No obstante la asignación de plaza está condicionada a la disponibilidad de vacantes para el nivel requerido en cada uno de los centros.
  • En el caso de no disponer de certificado electrónico para la firma digital, para completar la solicitud y tener validez tendrá que dirigirse a la OIAC para firmarlo presencialmente.

NORMATIVA

  • DECRETO 48/2024, de 23 de abril del Consell, por el cual se regula el proceso de admisión en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, y en los centros de Educación Especial, en la Comunidad Valenciana. (DOGV n.º 9835/ 24.04.2024)
  • Corrección de errores del Decreto 48/2024, de 23 de abril del Consell, por el cual se regula el proceso de admisión en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, y en los centros de Educación Especial, en la Comunidad Valenciana. (DOGV n.º 9836/25.04.2024)
  • ORDEN 8/2024, de 24 de abril, de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, por la cual se regula el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, y en los centros de Educación Especial, en la Comunidad Valenciana. (DOGV n.º 9836/ 25.04.2024)
     

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
AJUNTAMENT DE CATARROJA - P4609600D
Camí Reial, 22 – 46470 Catarroja, Valencia
Precarga de imagen Precarga de imagen