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IAE. Reducción en el Impuesto de Actividades Económicas. DANA

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IAE. Reducción en el Impuesto de Actividades Económicas. DANA

 ATENCIÓN ESTA REDUCCIÓN SE TRAMITARÁ DE OFICIO 

Siendo que todos los inmuebles situados en las plantas bajas y sótanos han sido afectados por la DANA, el Ayuntamiento tramitará de oficio* la reducción del impuesto (IAE) por los meses de noviembre y diciembre de 2024.  Las devoluciones del impuesto se tramitarán también de oficio si el recibo nos consta como domiciliado, en caso contrario los sujetos pasivos del impuesto deberán aportar certificado de la cuenta bancaria donde se quiera percibir la devolución desde este trámite específico.

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*Reducción en el Impuesto de Actividades Económicas  correspondiente al ejercicio 2024, a las industrias de cualquier naturaleza cuyos locales de negocio o bienes afectos a esa actividad que hayan resultado dañados como consecuencia directa de la DANA, siempre que hubieran tenido que ser objeto de realojamiento o se hayan producido daños que obliguen al cierre temporal de la actividad en el caso que excepcionalmente no se le pudiera tramitar de oficio la reducción deberá acreditar el daño causado.

FORMAS DE PRESENTACIÓN

Personas físicas: pueden elegir entre presentación telemática o presencial:

  • Telemáticamente
    • Pulsando el botón “Nueva instancia” situado al final de esta página, para iniciar el trámite.
  • Presencial
    • En el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Catarroja, situado en la OIAC (Camí Reial, 22)      
      Horario: puede consultar el horario de OIAC aquí y se atenderá con CITA PREVIA
    • En los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Personas jurídicas: tendrán que presentar los documentos ÚNICAMENTE de manera telemática:

  • Telemáticamente
    • Pulsando el botón “Nueva instancia” situado al final de esta página, para iniciar el trámite.

RESOLUCIÓN

  • Órgano que resuelve
    • Alcaldía
  • Plazo resolución
    • 6 meses

SILENCIO

  • Destimatorio
    • Finalizado el plazo de resolución, sin haberse producido respuesta de la administración la solicitud quedará resuelta de forma negativa para el solicitante.

Documentación a aportar

  • Fotografías inmueble.
  • Cualquier otro documento que acredite el realojamiento o cierre de la actividad.
  • Certificado cuenta bancaria - solo en caso de devolución.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE CATARROJA - P4609600D
Camí Reial, 22 – 46470 Catarroja, Valencia
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